El Sistema Nacional Anticorrupción: más allá de la Ley3de3

La semana pasada, la aprobación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) acaparó los principales medios de comunicación. La cobertura de los avances se centró principalmente en… La semana pasada, la aprobación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) acaparó los...

21 de junio, 2016

La semana pasada, la aprobación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) acaparó los principales medios de comunicación. La cobertura de los avances se centró principalmente en…

La semana pasada, la aprobación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) acaparó los principales medios de comunicación. La cobertura de los avances se centró principalmente en la iniciativa ciudadana conocida como Ley3de3, la cual busca hacer públicas las declaraciones patrimoniales, de intereses y fiscales de los servidores públicos. No obstante, se debe resaltar la importancia del resto de las leyes que serán promulgadas este próximo miércoles 22 de junio.

¿Qué leyes integran al SNA?

Desde el 2015, el presidente Enrique Peña Nieto presentó una serie de reformas para constituir el SNA. Para el 28 de mayo, los legisladores tendrían que haber aprobado las leyes secundarias que complementan al SNA, sin embargo, esto no fue así.[1] Éstas son las leyes que estuvieron en el debate y que se encuentran en proceso de promulgación:

Aspectos relevantes de las leyes que integran el SNA

Ley General del SNA

La legislación contempla que el SNA estará integrado por un Comité Coordinador, un Comité de Participación Ciudadana y una Secretaría Ejecutiva.

En lo que respecta al Comité de Participación Ciudadana, éste será el encargado de vigilar, prevenir y detectar actos de corrupción y faltas administrativas, así como coordinar y encauzar los esfuerzos de la sociedad civil en el combate a la corrupción. Dicho Comité estará integrado por 5 ciudadanos que durarán 5 años en su cargo. Los ciudadanos serán elegidos por un Comité seleccionador de 9 integrantes que a su vez será designado por el Senado.

En este sentido, el Senado se encargará de convocar a instituciones de educación superior y de investigación para proponer 5 candidatos a fin de integrar la Comisión de Selección. Adicionalmente, convocará a organizaciones de la sociedad civil especializadas en materia de fiscalización, rendición de cuentas y combate a la corrupción para seleccionar a otros 4 miembros.

Código Penal

  • Se castigará con más de 18 años de cárcel a los legisladores federales que cobren moches a cambio de gestionar presupuesto a estados y municipios.
  • Se castigará el otorgamiento de contratos de obra pública o de servicios a favor de determinadas personas físicas o morales. Los gestores podrán ser sancionados hasta con 14 años de prisión.

Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)

  • Otorga al TFJA autonomía presupuestal y para emitir fallos (resoluciones).
  • El Tribunal contará con salas especializadas en las entidades.
  • Se plantean lineamientos para que magistrados eviten conflictos de interés.

Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República[2]

  • La Fiscalía Anticorrupción contará con autonomía técnica y operativa para investigar y prevenir actos de corrupción. Ésta sigue dependiendo de la PGR y tiene la obligación de rendir un informe público anualmente.
  • Se establece que el Fiscal Anticorrupción será nombrado por 2/3 partes del Senado de la República.[3]

Ley Orgánica de la APF

  • LA SFP realizará por sí misma o a solicitud de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) auditorías, revisiones y evaluaciones.
  • La Secretaría podrá recibir y registrar declaraciones patrimoniales y de intereses, así como verificar su contenido mediante las investigaciones que resulten pertinentes.
  • La SFP podrá conocer e investigar las conductas de los servidores públicos que puedan constituir responsabilidades administrativas y aplicar sanciones.

Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

Algunas de las atribuciones para la Auditoría Superior de la Federación (ASF) son:

  • Fiscalizar la deuda que los estados y municipios contraten utilizando como garantía de pago los recursos federales.
  • Fiscalizar los recursos federales que hayan sido transferidos a fideicomisos, fondos y mandatos que sean de carácter público o privado.
  • La fiscalización se podrá dar en tiempo real.

¿Qué critican los empresarios de la “nueva” 3 de 3?

En la Cámara de Senadores se aprobaron las siguientes medidas que involucran al sector privado:

  • A propuesta del senador independiente Manuel Cárdenas, cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o contrate bajo cualquier modalidad con entes públicos, deberá presentar su 3de3.
  • Asimismo, las personas físicas que presten servicios o reciban recursos de las personas morales que presten servicios a gobierno, deberán de publicar su declaración anual en los términos que disponga la legislación.

Las opiniones por parte de la iniciativa privada y otros actores se han manifestado en contra por tener que hacer públicas sus declaraciones 3de3.[4]

  • La medida, según Juan Pablo Castañón, presidente nacional del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), es excesiva, ya que no contribuye a prevenir y sancionar la corrupción y “es completamente inaplicable en la práctica”.
  • Los miembros de Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) protestaron en contra de esa reforma en el Ángel de la Independencia.
  • Juan Pardinas señaló que “tal como está redactada implicaría que, por ejemplo, los 34 millones de beneficiarios de Prospera o los becarios del CONACYT o CONACULTA tengan que presentar su 3de3 porque reciben recursos públicos”[5].
  • Ricardo Anaya, presidente nacional del PAN, calificó la nueva disposición como "una trampa vil" contra la ciudadanía.
  • El presidente del Senado, Roberto Gil, reconoció que la redacción que quedó establecida en el Artículo 32 no fue la más afortunada, pero recordó que aún falta un año para que entre en vigor, por lo que no será necesario llegar hasta la interposición de amparos. "En este año podemos hacer política y podemos corregir lo que se tenga que corregir, tomar en consideración la opinión del sector privado, revisar las implicaciones y eventualmente hacer una modificación", dijo.

Conclusiones

Actualmente ya fue aprobado el paquete de las siete leyes que complementan el SNA. Por lo tanto, están en espera de la revisión del ejecutivo. Es necesario precisar que el Ejecutivo tiene la facultad de “vetar” las leyes para regresarlas y hacer las modificaciones que éste considere. En caso de que esto sucediera, con una aprobación de 2/3 partes de ambas cámaras, se podría promulgar sin aprobación del presidente.[6]


[1] Actualmente no hay ningún mecanismo de sanción a los miembros del Congreso por violar la constitución.

[2] Actualmente existe la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción (FECC) fue creada en 2014 como parte de PGR y, en particular de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Cometidos por Servidores Públicos y contra la Administración de Justicia. Tiene como objetivo investigar y perseguir cualquier delito relacionado con hechos  de corrupción o cualquier otro cometido por un servidor público en su cargo.

[3] La propuesta original era que fuera seleccionado por el ejecutivo y Ratificado por el Senado.

[4] El texto original queda sujeto a interpretación y en los Reglamentos se podrá precisar este detalle.

[5] Véase en: Declara la IP una guerra a la 3de3 http://bit.ly/1tAbXQk

[6] Artículo 72° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM): http://bit.ly/1oYdb5c

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