Los beneficiarios reales en México: una estrategia de prevención del lavado de dinero, evasión tributaria y corrupción

Una de las estrategias más relevantes para el combate de la corrupción y el lavado de dinero es la implementación de un registro de beneficiarios...

3 de diciembre, 2019

Una de las estrategias más relevantes para el combate de la corrupción y el lavado de dinero es la implementación de un registro de beneficiarios reales, es decir, información de quiénes controlan o se benefician económicamente de las actividades de cualquier tipo de empresas o de fideicomiso. No obstante, en México el desarrollo de este instrumento ha tenido avances limitados y no ha formado parte de una estrategia integral para fomentar la transparencia y la rendición de cuentas en el país.

 

¿Quiénes son los beneficiarios reales?

Como ya se mencionó, el concepto de beneficiario real hace referencia a aquellas personas físicas quienes realmente controlan y son las beneficiarias finales de las utilidades de alguna actividad económica realizada por una persona moral.  No obstante, es difícil establecer en términos puntuales quiénes son estas, lo que se ve reflejado en las múltiples definiciones que existen nacional como internacionalmente. Algunos de los elementos comunes dentro de estas definiciones incluyen criterios de propiedad (acciones y terrenos, por ejemplo), poder de voto, el derecho a poner y remover directivos, así como el grado de influencia y control que ejercen los accionistas.

Al respecto, en México, a estas figuras se les conoce como propietarios reales o beneficiarios controladores en las definiciones y lineamientos legales. Las mismas, aunque similares,  varían entre ellas y han sido establecidas tanto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, la Ley del Mercado de Valores y la Ley de Instituciones de Crédito.[1]  

 

¿Cuál es la utilidad?

Un registro de beneficiarios reales construido adecuadamente es una potente herramienta para detectar y prevenir actividades que posiblemente impliquen algún acto criminal, como corrupción, lavado de dinero o conflicto de interés. Además, al ser público y abierto permite que la sociedad civil y el periodismo participen en esta vigilancia. De acuerdo a la organización Tax Justice estos podrían ser algunos ejemplos prácticos:[2]

  • Una empresa gana un contrato gubernamental en una licitación o adjudicación directa. Con un registro de beneficiarios reales, podría detectarse si existe un posible conflicto de interés entre los dueños de la empresa y quienes tomaron la decisión de elegirlos dentro del gobierno.
  • Se podría detectar lavado de dinero y corrupción a través de establecer patrones sobre qué empresas tienen actividades dudosas y si existe alguna incongruencia entre los ingresos, las actividades y las utilidades de los dueños. Por ejemplo, empresas muy rentables con propietarios con pocos ingresos, en zonas marginales, con datos cambiantes, serían una alarma para que las autoridades automáticamente las tuvieran en la mira.
  • Se podrían identificar empresas y/o personas que a la vez son dueñas de muchas otras empresas (incluso, en varios niveles) lo que podría denotar un esquema de evasión de impuestos, lavado de dinero, o incluso esquemas de evasión tributaria haciendo uso de paraísos fiscales internacionales.

 

¿Qué ha pasado en México?

Por un lado, en años recientes México ha firmado al menos dos compromisos internacionales que lo instan a establecer un registro de beneficiarios reales. Uno, en 2014, en la reunión del G20 donde firmó su adherencia a los Principios de Alto Nivel sobre Transparencia de los Beneficiarios Reales y, el otro, en 2016 con la firma de Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI). Incluso, con este último,  si quiere que la candidatura sea aprobada, se comprometió a tenerlo listo para enero 2020.[3]

Sin embargo, por otro, en la última evaluación que hizo el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en 2018 señaló que la falta de implementación adecuada de un registro seguía siendo uno los puntos débiles del país en su estrategia de combate al crimen organizado, corrupción y lavado de dinero. Cabe decir que, a pesar de su inexistencia en forma, la instancia que actualmente cuenta con mayor información al respecto es la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP.

Las principales críticas de la GAFI se centran en que, a la hora de formalizar personas morales, los notarios no siempre cumplen su papel de verificar que la información proporcionada sobre quienes la constituyen es correcta, así como en indagar más sobre quiénes son los verdaderos representantes. En otras palabras, que es fácil ser “prestanombres”. Incluso, mencionan que los notarios en México son cómplices de la apertura de empresas fantasmas. De igual forma, consideran que los bancos solo cumplen con su papel de investigar más sobre los beneficiarios de las cuentas de sus clientes cuando estos se consideran personas de alto riesgo o políticamente expuestos, lo que deja de lado a una gran parte de la población. Por último, un eslabón débil está en que, aunque estos dos tipos de actores quisieran ser más participativos, tampoco pueden solicitar de manera fácil y de forma expedita la información gubernamental o de la UIF al respecto.[4]

Otro reto importante al respecto se ha encontrado en la dificultad de conciliar la existencia de un registro de esta naturaleza y las diferentes normativas que protegen la privacidad de los datos personales en México.

 

¿Cómo podría construirse?

Es importante mencionar que, según los expertos, en México ya existen las bases para la construcción de este registro debido a que actualmente existen otros registros que podrían reutilizarse con ese fin, aunque cada uno de ellos tiene sus defectos:

  1. El Registro Público de Comercio y la Propiedad de Secretaría de Economía, cuya principal falta es que no toda la información se sube a tiempo ni se encuentra de forma digital.
  2. El Directorio del Sector Minero de la Secretaría de Economía, criticado porque la información que contiene la brindan las empresas sin asegurarse de su veracidad.
  3. El Registro Federal de Contribuyentes, del Servicio de Administración Tributaria y la Secretaría de Hacienda que no necesariamente incluye a posibles accionistas que se encuentran en el extranjero.

Por último, es importante decir que un registro de beneficiarios reales será tan útil como la información que posea, por lo que tendrían que implementarse diversas estrategias con el fin de asegurarse de la veracidad y completitud de esta.[5]

 


[1] Beneficiarios reales en México, Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación, junio 2018. Disponible en https://bit.ly/34yA5pi

[2] Beneficial ownership verification: ensuring the truthfulness and accuracy of registered ownership information, Tax Justice Network, January 2019. Disponible en https://bit.ly/2svQ3T1

[3] Corrupción en el sector hidrocarburos ¿cómo ayudan los datos abiertos, Ethos Laboratorio de Políticas Públicas, 2018. Disponible en https://bit.ly/2R5JpwW 

[4]Anti-money laundering and counter-terrorist financing measures – México, FATF & GAFILAT, Fourth Round Mutual Evaluation Report, 2018. Disponible en https://bit.ly/2qOpVlU

[5] Verifying the beneficial owner of companies. Why and how, Maira Martini, Marzo 2019. Disponible en  https://bit.ly/37RGvBI

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