Le conceden la suspensión definitiva a Carmen Aristegui.

De acuerdo al Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes del Consejo de la Judicatura Federal, Fernando Silva García, Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa… De acuerdo al Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes del Consejo de...

14 de mayo, 2015

De acuerdo al Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes del Consejo de la Judicatura Federal, Fernando Silva García, Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa…

De acuerdo al Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes del Consejo de la Judicatura Federal, Fernando Silva García, Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa del DF, concedió ayer martes 12 de Mayo del 2015, la suspensión definitiva del amparo a la periodista Carmen Aristegui, quien busca su restitución en el noticiero Primera Emisión de MVS-Radio.

“Único.- Se concede la suspensión definitiva a la parte quejosa para los efectos precisados en la presente resolución”, dice la notificación que el Juez Silva García hizo.

Sin embargo, no precisó los alcances de dicha suspensión definitiva del amparo indirecto 672/2015. Se espera que sea en el transcurso de los próximos días cuando se conozcan los alcances. 

 

Hay que recordar que la noche del pasado 15 de marzo MVS informó que dio por terminada su relación laboral con la periodista Carmen Aristegui, luego de que ésta exigiera la reinstalación de dos colaboradores despedidos por uso indebido del nombre de la compañía. Los colaboradores son Daniel Lizárraga e Irving Huerta. Ellos recibieron esa sanción por decir que MVS respaldaba la plataforma Mexicoleaks, impulsada por algunos medios y organizaciones civiles para denunciar casos de corrupción. La empresa negó haber dado su aval. Para MVS, esto constituyó un abuso de confianza.

Carmen Aristegui presentó a través de sus abogados el pasado 10 de abril el amparo indirecto 672/2015 ante el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, Fernando Silva García, en el que solicitó la suspensión de los actos reclamados para el efecto de que se permitiera el acceso de ella a las instalaciones de MVS Radio para que continuara las transmisiones del noticiero denominado Noticias MVS Primera Emisión que venía transmitiendo de lunes a viernes, de las seis a las diez horas, y que este trabajo periodístico se pudiera realizar en pleno ejercicio de su derecho a la libertad de expresión sin imposición alguna y particularmente que no tuviera que observar los lineamientos que MVS le exigía.

El 13 de Abril del 2015, el juez Fernando Silva García le concedió la suspensión provisional. El artículo 5, fracción segunda, párrafo segundo de la Ley de Amparo, establece lo siguiente “Para los efectos de esta Ley, los particulares tendrán la calidad de autoridad responsable cuando realicen actos equivalentes a los de autoridad, que afecten derechos en los términos de esta fracción, y cuyas funciones estén determinadas por una norma general.” El juzgador federal determinó que “existían datos objetivos para la procedencia de la demanda de amparo, toda vez que si bien los actos reclamados son actos de particulares, lo cierto es que se dan en un contexto de derecho público; asimismo, se advierte un acto unilateral de terminación del contrato de la quejosa respecto a un tema de relevancia pública” y además por medio de la suspensión provisional se obliga a una conciliación forzosa.

El argumento es que se pactó por las partes que cualquier diferendo que pudiera existir entre la periodista y MVS Radio con relación a la Dirección Editorial y/o conducción de los Servicios sería dirimido entre las partes a través de un arbitraje particular de buena voluntad, en las que se designó como árbitros a Javier Corral Jurado y a José Woldenberg Karakowsky.

El 20 de abril de 2015, MVS Radio presentó recurso de queja en contra de la suspensión provisional. El Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Distrito Federal en atención a la queja 129/2015 revocó la suspensión provisional que el Juez Fernando Silva García concedió a la periodista Carmen Aristegui, y que obligaba a Grupo MVS a sostener una reunión con su ex colaboradora con fines de conciliación. Así fue aprobada por unanimidad de votos de los Magistrados Oscar Fernando Hernández Bautista (Presidente), María Guadalupe Saucedo Zavala (Ponente) y Ma. Gabriela Rolón Montaño, con salvedades del Magistrado Presidente en el tema relativo a que el Juez de Distrito varió los efectos respecto de los cuales la quejosa solicitó la suspensión provisional otorgada.

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