Liturgia caduca

Constitución de los Estados Unidos Mexicanos dada el 4 de octubre de 1824: Constitución de los Estados Unidos Mexicanos dada el 4 de octubre de 1824: “Artículo 67.- El congreso general se reunirá todos los años el...

1 de septiembre, 2015
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Constitución de los Estados Unidos Mexicanos dada el 4 de octubre de 1824:

Constitución de los Estados Unidos Mexicanos dada el 4 de octubre de 1824:

“Artículo 67.- El congreso general se reunirá todos los años el día 1 de enero en el lugar que se designará por una ley. En el reglamento de gobierno interior del mismo, se prescribirán las operaciones previas a la apertura de sus sesiones, y las formalidades que se han de observar en su instalación.

“Artículo 68.- A ésta asistirá el presidente de la federación, quien pronunciará un discurso análogo a este acto tan importante; y el que presida al Congreso contestará en términos generales.

“Artículo 71.- El congreso cerrará sus sesiones anualmente el día 15 de Abril con las mismas formalidades que se prescriben para su apertura, prorrogándolas hasta por treinta días útiles, cuando él mismo lo juzgue necesario, o cuando lo pida el presidente de la federación”.

Constitución Política de la República Mexicana  jurada el 5 de febrero de 1857:

“Artículo 63.-  A la apertura de sesiones del congreso asistirá el presidente de la Unión, y pronunciará un discurso en que manifieste el estado que guarda el país. El presidente del congreso contestará en términos generales”.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que Reforma la de 5 de Febrero de 1857, dada el 5 de febrero de 1917:

“Artículo 69.- A la apertura de sesiones del Congreso, sean ordinarias o extraordinarias, asistirá el Presidente de la República y presentará un informe por escrito; en el primer caso, sobre el estado, general que guarde la administración pública del País; y en el segundo, para exponer al Congreso o a la Cámara de que se trate, las razones o causas que hicieron necesaria su convocación, y el asunto o asuntos que ameriten una resolución perentoria”.

Reforma del Artículo 69 del 30 de julio de 2008:

“Artículo 69.- En la apertura de Sesiones Ordinarias del Primer Periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el Presidente de la República presentará un informe por escrito, en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país. En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión, o de una sola de sus cámaras, el Presidente de la Comisión Permanente informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria. Cada una de las Cámaras realizará el análisis del informe y podrá solicitar al Presidente de la República ampliar la información mediante pregunta por escrito y citar a los Secretarios de Estado, al Procurador General de la República y a los directores de las entidades paraestatales, quienes comparecerán y rendirán informes bajo protesta de decir verdad”.

La reforma del 30 de julio de 2008 terminó con un acto supuestamente republicano que se originó en la Constitución de 1824. Y digo supuestamente republicano porque, en realidad, durante los años de la dictadura de Porfirio Díaz y el período trascurrido entre la presidencia de Álvaro Obregón (1924-1928) y la de Ernesto Zedillo (1994-2000), el día en de la apertura de Sesiones Ordinarias del Primer Periodo de cada año de ejercicio del Congreso, generalmente el 1 de septiembre, era el día en que el sistema político elevaba al presidente de la república en turno a la categoría de un semidiós. Era “El Día del Presidente” en el cual los poderes Legislativo y Judicial se postraban ante el titular del Ejecutivo. El día en que “el señor presidente de la república y jefe de las instituciones nacionales” nos decía que el país iba muy bien y, si aceptaba que iba mal, nos prometía que pronto salvaría a la Patria y a los mexicanos.

El “Día del Presidente” empezó a echarse a perder el 1 de septiembre de 1986 cuando el entonces diputado perredista Porfirio Muñoz Ledo interrumpió al presidente Miguel de la Madrid cuando éste rendía su sexto informe de gobierno. Desde entonces hasta que se suprimió la obligación de presentar el informe en persona, gracias a la reforma de 2008, no hubo presidente de la república que no fuera interrumpido y vilipendiado por un buen número de legisladores de partidos opositores.

En este era de las comunicaciones inmediatas, de la Internet, las redes sociales y de los cotidianos discursos presidenciales sale sobrando un acto como el que rigió durante muchos de los 183 años transcurridos entre 1824 y 2007.

Por eso, quienes piden que regrese el acto mediante el cual el presidente de México rinda en persona un informe de gobierno ante el Congreso de la Unión solo muestran que extrañan un acto caduco de la liturgia política mexicana. Curiosamente, quienes así piensan son priístas o no priístas que añoran tiempos pasados.

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